:::. PLAN SUPER DORADA .:::

PLAN SUPER DORADA

Les ofrece el más completo servicio de previsión, por lo que nuestros afiliados, al adquirir este plan tendrán a su disposición una parcela de (2) puestos en un cementerio privado.

Además de un servicio funerario de calidad y la más amplia red de atención personalizada, a nivel Nacional, dispuesta a asesorarles, asistirles y apoyarles tanto económica como espiritualmente, en todo momento, las 24 horas del día.

GRUPO FAMILIAR:
Padres, Cónyuge o concubina(o) hasta la edad de 80 años, hijos y hermanos hasta 30 años, sin recargo alguno. También puede incluir: abuelos, suegros, padrastros, ex-cónyuge, tíos, hijastros, primos, nietos, sobrinos e hijos y hermanos mayores de 30 años con un recargo adicional de un 20% por c/u, siempre y cuando no sean mayores de 65 años. Hasta un total de 12 familiares.

COBERTURA: 18.000 Bs

BENEFICIOS ADICIONALES
Bs.F.
Protección por muerte del titular.................................................................................
5.000,00 Bs.
Protección por incapacidad permanente del titular ...................................
5.000,00 Bs.
COSTOS:
Monto del plan anual por grupo familiar..................................................
1.550,00 Bs.
Monto del plan mensual por grupo familiar..............................................
129,17 Bs.

SERVICIOS

Ataúd Catedral o Jersey

Traslado del fallecido del hospital o clínica a la funeraria que prestará el servicio  a nivel nacional.

Preparación y arreglo normal o especial del fallecido.

Servicio de Capilla- servicio de cafetín

Carroza fúnebre para el sepelio

Dos (2) Vehículos de acompañamiento para los familiares.

Una (1)  habitación de descanso para los familiares.

Oficios religiosos.

Una (1) cruz de flores naturales.

Realización de las diligencias de Ley.

Una (1) parcela de dos puestos en un  cementerio privado o municipal.

Pagar gastos de inhumación.

El plan ofrece alternativamente el "Servicio de Cremación".

Trasladar el cadáver al interior del país, si es necesario.

Protección de un beneficio adicional por el monto de la cobertura, por la muerte del titular.